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Qué es la renegociación
El Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora está en la Ley 20.720. Es un procedimiento administrativo y gratuito que facilita la Superir. Su objetivo es que tú y tus acreedores acuerden nuevas condiciones de pago: más plazo, cuotas más bajas, menos interés o meses de gracia, entre otras.
La diferencia con repactar deuda por deuda es que aquí negocias con todos a la vez, con un facilitador de la Superir, y el acuerdo obliga a todos los acreedores reconocidos, aunque alguno no se haya presentado.
La Ley 21.563, publicada el 10 de mayo de 2023, modernizó la Ley 20.720. Entre otros cambios, permitió que las personas que emiten boletas de honorarios también puedan renegociar sus deudas gratis en la Superir.
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Quién puede pedirla
Según la Superir, necesitas cumplir con esto:
- Ser persona natural.
- Tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos.
- Que esas deudas vencidas sumen más de 80 UF.
- No haber sido notificado de una demanda de liquidación ni de un juicio ejecutivo en tu contra.
- Si emites boletas de honorarios, también puedes. Si tuviste actividades de empresa en los últimos dos años, revisa en la Superir si te corresponde este procedimiento o uno para empresas.
El valor de la UF cambia todos los días, así que calcula los 80 UF con el valor del día en que postulas. Lo publica el Banco Central.
Mucha gente llega a la Superir tarde, cuando el banco ya presentó la demanda. Mientras sigas sin notificación, la puerta está abierta. Si ya tienes varias deudas con más de tres meses de atraso, no esperes la carta del abogado para empezar a ordenar tus papeles.
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Qué pasa mientras dura
Desde que se publica la resolución de admisibilidad en el Boletín Concursal hasta que termina el procedimiento, tus acreedores no pueden pedir tu liquidación ni iniciarte juicios ejecutivos, ejecuciones o restituciones.
Hay deudas que no entran en la renegociación y siguen su curso normal:
- Pensiones de alimentos fijadas por tribunal.
- Compensaciones económicas decretadas en un divorcio.
- Obligaciones que vienen de delitos o cuasidelitos civiles, como indemnizaciones.
- Multas y otras sanciones penales en dinero.
Aunque quedan fuera, igual tienes que declararlas en la plataforma y considerarlas en tu propuesta.
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Las etapas, paso a paso
- Solicitud. Se hace en línea en superir.gob.cl con tu ClaveÚnica activa. Debes declarar tus bienes, declarar que cumples los requisitos y que no te han notificado demandas de liquidación, y presentar una propuesta de pago para cada deuda.
- Admisibilidad. La Superir revisa la solicitud. Si la acoge, publica la resolución y empiezan los efectos que protegen tu patrimonio.
- Audiencia de determinación del pasivo. Se fija cuánto le debes a cada acreedor. Esa lista es la base de todo lo que sigue.
- Audiencia de renegociación. Los acreedores votan tu propuesta de pago. Si hay acuerdo, tus deudas quedan con las nuevas condiciones.
- Audiencia de ejecución, si no hubo acuerdo. Su objetivo es acordar la venta de tus bienes para pagar a los acreedores. Si tampoco hay acuerdo ahí, la Superir envía los antecedentes al tribunal de tu domicilio para iniciar una liquidación simplificada.
Antes de postular, junta tus antecedentes: el informe de deudas de la CMF, que es gratis con ClaveÚnica, los estados de cuenta de tarjetas y casas comerciales, y tus liquidaciones o boletas para mostrar cuánto ganas.
Prepara tu propuesta con una cuota que puedas pagar de verdad, no la que crees que los acreedores quieren oír. Si el acuerdo se incumple después, pierdes lo que ganaste.
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Qué pasa al terminar y con DICOM
Cuando termina el procedimiento, la Superir y los registros de datos personales deben eliminar, modificar o bloquear tus datos del Boletín Concursal y de los registros de deudas económicas, financieras, bancarias o comerciales en un plazo no superior a 30 días. Tienes más detalle en cómo salir de DICOM.
Esto no es lo mismo que consolidar deudas. Consolidar es un crédito nuevo que un banco tiene que aprobarte, y sirve si todavía estás al día o casi. La renegociación sirve cuando ya tienes deudas vencidas hace meses y ningún banco te va a prestar para pagarlas.
El trámite es gratuito y no exige abogado. Puedes hacerlo por tu cuenta. Si prefieres que alguien arme la propuesta contigo, en reestructuración de deudas te contamos cómo trabajamos.
Fuentes
- Superir: Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora
- Superir: Requisito renegociación
- Superir: Preguntas frecuentes de renegociación
- Superir: Personas que emiten boletas de honorarios pueden renegociar sus deudas gratis
- ChileAtiende: Renegociación de las deudas de una persona
- BCN: Ley 20.720
- BCN: Ley 21.563
- Ministerio de Economía: Publicación de la Ley 21.563
Esta guía es informativa y no reemplaza la evaluación de tu caso. Los requisitos y condiciones los fija cada institución y pueden cambiar.
